La pareja de Rancul que es familia de contención del pequeño de seis meses, a quien cuidan prácticamente desde los primeros días de vida, transitan días de calma tras la cautelar de la Jueza de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes Nº3 Paola Loscertales, que evitó el traslado del menor a un dispositivo institucional (hogar de menores), mientras avanza el proceso judicial de adopción.
Además, la situación de adoptabilidad del bebé ya fue dictada por la magistrada, los legajos ya fueron requeridos al RUA y el proceso de selección de una familia definitiva está en marcha. En ese marco, la familia de contención espera «ser escuchada y ser una opción del RUA».
La pareja de Rancul, Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani, además destacaron que las abogadas que los representan trabajan por estas horas «para tratar de demostrar las irregularidades en las que incurrió el organismo de Niñez, Adolescencia y Familia, y en forma paralela están trabajando para acreditar que nosotros éramos aspirantes a padres adoptantes desde octubre del 2025».
Interés Superior del Niño
Por su parte, Zonal Noticias enumeró algunos detalles de la resolución de la Jueza Loscertales que permitió que el bebé se quede con la familia de Rancul y no sea trasladado en forma intempestiva a un dispositivo institucional mientras dura el proceso de adopción.
Allí la jueza destacó que «el interés superior del niño» es el aspecto fundamental a tener en cuenta en toda decisión que afecte su centro de vida y sus vínculos de apego».
Además sostuvo que «el reintegro (solicitado por Niñez, Adolescencia y Familia) fue comunicado por vía informal (mensajería instantánea) sin acto administrativo válido, ni notificación fehaciente, lo que vulnera el debido proceso y convierte al niño en un objeto de traslado intempestivo, como un paquete, sin reparar en el daño que se le ocasiona».
Según plantea la resolución de la jueza, «si bien la familia de contención conoce y acepta la temporalidad de su rol (por haber firmado el acta compromiso), ello no habilita a que el niño sea removido de manera brusca, sin planificación ni acompañamiento, y menos aún cuando ya se dictó la situación de adoptabilidad y se ha requerido los legajos del RUA (Registro Único de Adopción), para avanzar en su inserción definitiva».
Además la jueza citó el antecedente de «caso Samuel», advirtiendo los «riesgos de entregas intempestivas y la necesidad de preservar el statu quo hasta que se adopten decisiones fundadas».
«El niño no puede ser tratado como un objeto sino como sujeto pleno de derechos», resalta Loscertales.
Y reforzó: «El pequeño no es un número de legajo ni un objeto de traslado, es un bebé de seis meses, cuya vida emocional y psíquica se construye día a día en el contacto con quienes lo cuidan. La forma en que se lo separa, el modo en que se lo entrega, la brusquedad o la falta de acompañamiento, son factores que inciden directamente en su desarrollo y pueden dejar huellas irreversibles».
Situación de adoptabilidad
Por otra parte la jueza afirmó que «la situación de adoptabilidad ya fue dictada, los legajos ya fueron requeridos al RUA y el proceso de selección de una familia definitiva está en marcha. Precisamente por ello no hay razón para precipitar un traslado intempestivo que lo exponga a un daño innecesario».
Con todos estos argumentos Loscertales resolvió el lunes rechazar el recurso de reposición interpuesto por la Fiscalía de Estado de la provincia.
Ahora, iniciado el proceso de selección de una familia definitiva para el bebé, Ana Laura y Joaquin esperan que la justicia los considere como posibles padres adoptivos, ya que más allá de ser actualmente la familia de contención del niño, es el único vínculo que ha tenido el bebé desde su nacimiento, sumado a que la pareja de Rancul ya había iniciado los trámites para ser padres adoptivos en el mes de octubre del año pasado.
Fuente: Zonal Noticias



