A través de un decreto, el Poder Ejecutivo detalló los requisitos que deberán cumplir las personas que busquen acceder al “refuerzo de ingresos”.
El Gobierno estableció oficialmente las condiciones para acceder al «refuerzo de ingresos» por $18.000, a través del cual busca «reforzar la protección económica y social de los sectores más vulnerables».
A través del decreto 216/2022, publicado en el Boletín Oficial, se formalizó el alcance nacional de ese beneficio, al que se definió como «una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional destinada a compensar la pérdida del poder adquisitivo de ingresos de personas sin ingresos formales y/o en situación de vulnerabilidad socioeconómica, particularmente afectadas por la situación de aceleración del nivel general de precios».
Según lo dispuesto, el monto de la prestación será de $18.000 a realizarse en dos pagos: uno de $9.000 en mayo y otro por una cifra igual en junio. El «refuerzo de ingresos» será otorgado a:
- Trabajadores y trabajadoras que perciban ingresos por el desarrollo de actividades laborales informales y no registradas y sus ingresos no superen el valor equivalente de dos Salarios
Mínimos Vitales y Móviles. - Personas que se encuentren en situación de desempleo.
- Trabajadores y trabajadoras con contratos de relación de dependencia registrados durante el período de reserva de puesto, a excepción de los trabajadores y las trabajadoras del sector
público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Monotributistas inscriptos e inscriptas en las categorías «A» y «B» y Monotributistas sociales.
- Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.
Para acceder a la percepción, se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser argentino o argentina nativo o nativa, por opción o naturalizado o naturalizada y residente en el país o extranjero o extranjera con una residencia legal en la Argentina no inferior a
dos años anteriores a la solicitud de la asignación monetaria. - Tener la edad igual a 18 años o más y no haber cumplido los 65 años de edad.
- No percibir ingresos superiores al valor equivalente de dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
Además, la persona solicitante no podrá encontrarse en ninguna de estas condiciones:
- Bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sector privado.
- Inscripta en el Monotributo categoría «C» o superiores, ni en el régimen de autónomos.
- Como titular de jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Con seguro de medicina prepaga.
- Alcanzada por cobertura de salud según se establezca en la reglamentación correspondiente.
- Encontrarse la persona solicitante en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán
establecidas por la reglamentación.
Asimismo, las personas de entre 18 y 24 años de edad inclusive, podrán acceder al cobro de este beneficio cuando el control de ingresos de su grupo familiar no supere al valor equivalente de tres Salarios Mínimos Vitales y Móviles, en las condiciones que establezca la reglamentación pertinente.
El Gobierno aclaró que el «refuerzo de ingresos» deberá solicitarse ante la ANSeS, conforme el procedimiento que esta determine a tales efectos, al tiempo que los datos consignados en la solicitud tendrán carácter de declaración jurada por parte de la persona solicitante.
Ese organismo, previo al otorgamiento de la prestación, «realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos que establezcan» los Ministerios de Economía y de Trabajo, dispuso el decreto.
La ANSeS también elaborará un universo con población potencialmente objetivo de este beneficio que surge de sus bases de registros, para su cruce con la información disponible en el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social.
Por otra parte, las personas que perciban la asignación dineraria no podrán acceder al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas por el plazo de seis meses desde que se haya hecho efectiva la percepción de la asignación.
El Poder Ejecutivo justificó el pago de este bono al señalar que «factores internacionales se han unido a los de índole doméstica agregando significativas presiones sobre la inflación local, lo que ha afectado el poder adquisitivo de los ingresos, generando dificultades en algunos sectores para acceder a la canasta básica, limitando el objetivo que el crecimiento sea compartido para todos los trabajadores y todas las trabajadoras».
En consecuencia, resaltó que «con el fin de mitigar los efectos económicos provocados por la combinación de la pandemia y el conflicto bélico (en Ucrania) resulta imperativo continuar con la adopción de una serie de medidas urgentes y excepcionales con el objetivo de reforzar la protección económica y social de los sectores más vulnerables».