El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) emitió una serie de resoluciones e intimaciones dirigidas a adjudicatarios de viviendas sociales en General Pico y distintas localidades de La Pampa. Las medidas oficiales responden a la detección de irregularidades, puntualmente la falta de ocupación efectiva de los inmuebles por parte de sus titulares y el atraso sostenido en el pago de las cuotas de amortización.

En General Pico, el organismo provincial intimó formalmente a un vecino adjudicatario de una vivienda del Plan 5000 (Zona 5, 1° Etapa), emplazándolo a que en un plazo de diez días hábiles argumente por escrito los motivos por los cuales no habita el inmueble de manera permanente. Además, mediante otra resolución administrativa, el IPAV dejó sin efecto la preadjudicación de un departamento ubicado en el Barrio Malvinas Argentinas II (Plan Peatonal 2 de Abril), debido a la exclusiva causal de falta de pago.

En este último caso, se autorizó al ente gubernamental a tomar posesión inmediata de la unidad habitacional.

Intimaciones en el norte y centro provincial

Las acciones de control y regularización habitacional se extendieron fuertemente a otras localidades de la región. En Vértiz, se intimó a los titulares de una vivienda del Plan Federal de Construcción de Viviendas para que justifiquen su falta de ocupación, advirtiendo que, de no hacerlo, se procederá al dictado del acto administrativo rescisorio. Una situación idéntica se registró en Mauricio Mayer, donde se emplazó a una adjudicataria del Plan FO.NA.VI. por no residir de forma efectiva en la casa y mantener una deuda acumulada con el organismo.

Rescisiones confirmadas

Por otra parte, la entidad oficializó la rescisión definitiva de actas de tenencia precaria y boletos de compraventa en diversas comunas pampeanas. Entre las medidas publicadas, se destacan desadjudicaciones en Eduardo Castex , Agustoni , Doblas y Jacinto Arauz. En todos estos expedientes, las resoluciones se fundamentaron principalmente en el incumplimiento del pago de las cuotas y, en algunos casos específicos, se sumó la falta de ocupación efectiva del inmueble otorgado.

Desde el IPAV recordaron formalmente que, ante este tipo de notificaciones, los titulares o presuntos herederos cuentan con un plazo legal estricto de diez días hábiles desde su publicación para presentar sus pruebas de descargo y regularizar su situación. De no ejercer su derecho a defensa, el Estado provincial procede a resolver las actuaciones sin la intervención de los implicados, lo que deriva en el inicio de acciones judiciales o el recupero directo de las casas.

Fuente: Infopico